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Nuñez Law Firm

245i Protección para Inmigrantes Indocumentados

La protección 245i es una presentación excepcionalmente compleja, por varias razones, y las reglas y plazos suelen cambian a menudo. También es importante tener en cuenta que la declaración para la protección 245i no cambia el estado migratorio del residente legal permanente — sólo extiende su elegibilidad para hacerlo. Lastimosamente, muchos han confundido este concepto.

Para evitar malentendidos desastrosos, incumplimiento de plazos o condiciones de elegibilidad, contacte a nuestra firma para ayudarle a navegar este proceso. Podemos guiarlo a través de la presentación, completar los formularios y aconsejarle sobre los próximos pasos con el fin de aprovechar de esta oportunidad y obtener su estatus legal.

La sección 245i de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA; siglas en inglés) ofrece una oportunidad para un número limitado de inmigrantes indocumentados para ajustar su estatus y ser elegibles para residencia permanente. Esta sección fue actualiza a la sección original 245i que fue aprobada en 1994, que tenía una fecha límite en 1998. Los inmigrantes que se perdieron ese plazo no pudieron ajustar su condición si estaban fuera de estatus, entraron a los EE.UU. sin inspección o de otra manera violaron los términos de su estatus. Entrar sin inspección (EWI, por sus siglas en inglés) significa que usted entró a los EE.UU. sin pasar por la aduana o sin que se revisarán sus documentos por un agente aduanal o un oficial de la del INS.

En el 2000, el presidente Clinton firmó la Ley de Equidad para las Familias de Inmigrantes Legales (LIFE, siglas en inglés) que amplió el plazo hasta el 30 de abril de 2001.


Condiciones Elegibles

Si cumple con las siguientes condiciones, entonces puede tomar ventaja de la enmienda de la Sección 245i:

  • Usted está físicamente presente en los EE.UU. a partir del 21 de diciembre del 2000
  • Es el beneficiario o el beneficiario derivado de una Solicitud de Certificado De Trabajo o Petición de Inmigrante sobre base familiar o petición de visa (formulario I-130) presentada antes del 30 de abril de 2001
  • La petición de inmigrante o aplicación certificado de trabajo debe haber sido aprobada en el momento presentada
  • Pago de una multa de $1,000, junto con la presentación del formulario I-485

La fecha de 2001 resalta la acumulación masiva de visado disponible bajo el sistema de cuotas anuales. Si reúne los requisitos en virtud de esta enmienda y la visa se hace disponible, entonces se puede solicitar un ajuste de estatus. Usted paga $1,000 por sí mismo y otros $1,000 por cada miembro de la familia, aunque la tasa es menor para los niños menores de 14 años.

Se le pedirá una verificación de antecedentes penales y debe obtener un registro de salud. Para las familias de inmigrantes, cada uno necesitará una Declaración Jurada de Sostenimiento para demostrar que no se convertirán en carga a expenso del gobierno.

Tenga en cuenta que la Sección 245i no protege a un extranjero de los procedimientos de deportación y no da autorización de empleo a no ciudadanos. En caso de que se han iniciado procedimientos de deportación en contra del inmigrante, la Sección 245i no es una defensa, y el individuo no puede usar esta sección para ajustar su estatus.

Los individuos elegibles están todavía sujetos a prohibición de reingreso de tres años y diez años. Cualquier extranjero que se encuentre fuera de estatus durante al menos 180 días no puede reingresar a los EE.UU. durante tres años. Si está fuera del estatus durante más de 360 días, la prohibición es de 10 años. Por estas razones, los extranjeros que pueden utilizar la sección 245i deben permanecer en los EE.UU. hasta que obtengan la residencia permanente.

Debido a que estas regulaciones cambian, es importante ponerse en contacto con un abogado que le puede ayudar con sus necesidades de inmigración. Póngase en contacto con nuestra oficina hoy para hablar con uno de nuestros profesionales capacitados.