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Nuñez Law Firm

Perdón (Exención) I-601

Los abogados de Nuñez & Associates saben muy bien que las autoridades quieren ver argumentos bien pensados ​​y veraces, a los que se les dio un esfuerzo y atención atentos.

La aplicación de Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad (I-601) puede ser una opción para los inmigrantes que son los cónyuges, novios o padres de ciudadanos estadounidenses o residentes legales y que se les ha negado la admisibilidad de la tarjeta verde por ciertos motivos de inadmisibilidad.

Un inmigrante debe presentar una solicitud con atención a la razón de inadmisibilidad y proporcionar pruebas suficientes de que la denegación dará lugar a dificultades extremas para el familiar ciudadano de los EE.UU. o residente legal, también conocido como “familiar que califica.”


¿Quién es un Familiar que Califica?

Un familiar que califica es una persona que presenta la petición de inmigrante y que sufriría dificultades extremas si al inmigrante no se le permite entrar como residente permanente.


El familiar que califica debe ser:

  • un ciudadano estadounidense o residente legal o padre, si el inmigrante es denegado por la presencia ilegal o falsedad
  • ciudadano estadounidense o residente legal que es un cónyuge, padre o hijo del extranjero al que se le deniega la admisibilidad a base de antecedentes penales
  • un ciudadano estadounidense prometido(a)

Factores de Dificultad

Un elemento importante para obtener una exención es proporcionar pruebas de dichas dificultades que el familiar que califica sufriría. Los factores que pueden constituir una dificultad extrema incluyen:

  • El familiar tiene que salir de los EE.UU. para estar con usted
  • Necesita tratamiento médico de forma continua (por ejemplo, por un tumor cerebral o esclerosis múltiple)
  • Su país está envuelto en una guerra civil o constantes trastornos políticos
  • Usted es el cuidador primario de un anciano, discapacitado o un familiar grave y crónicamente enfermo
  • Su educación se interrumpiera significantemente o terminaría
  • Perdería o sería negado de importantes oportunidades de empleo si se le deniega la solicitud
  • Usted es el cuidador primario de sus hijos de una relación anterior y tienen un vínculo emocional con usted

Inelegibilidad de Exención

Hay algunas circunstancias bajo las cuales puede presentar para la exención I-601, aunque otras opciones para la entrada pueden ser posibles. Estas incluyen:

  • Usted estuvo en los EE.UU. ilegalmente durante más de un año, salió, y luego volvió a entrar sin inspección
  • Previamente hizo una falsa declaración de que era ciudadano de los Estados Unidos, a menos que pueda demostrar que la declaración se hizo sin razonamiento, o que sí tenía una base razonable
  • Es o parece ser miembro de una pandilla delincuente (tener tatuajes de pandillas)
  • Tiene una condena por drogas después de la edad de 18 años a menos que fuera por la posesión de menos de 30 gramos de marihuana
  • No se hizo presente a una audiencia de expulsión y ha estado en los EE.UU. durante al menos cinco años
  • Las autoridades de inmigración determinaron que estaba en un matrimonio de conveniencia
  • Presentó una solicitud de asilo frívola

Es importante señalar que si estaba anteriormente en los EE.UU. ilegalmente y han estado fuera del país durante diez años, puede volver a aplicar para la entrada sin la necesidad de un familiar que califica.


Superar Condiciones de Inadmisibilidad

Mientras es cierto que la presencia ilegal es motivo de inadmisibilidad, muchos inmigrantes pueden obtener un exención provisional I-601(a). Otros, sin embargo, pueden enfrentarse a más dificultades si se consideran inadmisibles a base de condiciones tales como antecedentes penales, falsedad, fraude de matrimonio u otras violaciónes de inmigración. Con un abogado de inmigración hábil y con recursos, puede presentar argumentos creíbles para superar estos obstáculos, aunque es probable que tenga que mostrar una mayor evidencia de la dificultad que su negación produciría.

Si usted tiene antecedentes penales, puede mostrar evidencia de rehabilitación tales como:

  • Cancelación de registro
  • Cartas de la policía, jueces, o agente de libertad condicional que acredite su rehabilitación y la escasa probabilidad de reincidencia
  • Tiempo transcurrido desde que el crimen se cometió
  • Finalización de programa de alcohol o drogas y demostración que usted no es adicto a las drogas o alcohol; o, la demostración de que ha sido libre de drogas y alcohol durante tres años
  • Para otras violaciones de la ley de inmigración, su abogado puede ser capaz de argumentar que:
  • Usted tuvo buena fe que estaba en el cumplimiento de la ley
  • Usted y su cónyuge estadounidense tienen niños en común
  • Usted entró a los EE.UU. como un niño con sus padres

Sin embargo, si alguna vez declaró ser ciudadano estadounidense para propósitos de inmigración, se trata de una razón permanente de inadmisibilidad, y es muy probable que no se concederá ninguna exención.

Póngase en contacto con nuestra oficina hoy para programar una cita con respecto a sus necesidades de inmigración.