No hay límites del número de visas disponibles en esta categoría.
La categoría limitada tiene cuatro subsecciones y significa que las siguientes personas deben esperar a que una visa sea disponible:
Puede ser que los inmigrantes en las categorías limitadas tengan que esperar un período de años antes de que una visa sea disponible. No hay espera para los de la categoría ilimitada (F1).
El Formulario I-130, Petición para un Pariente Extranjero, es la forma relevante para los inmigrantes que dependen de sus familiares estadounidenses o residentes permanentes para obtener una visa. La petición se envía al Servicio de Ciudadanía e Inmigración (CIS; siglas en inglés) del cual se enviará una notificación de aprobación (Formulario I-797). El CIS a continuación envía la petición al Centro Nacional de Visas para ser procesada.
Junto con la solicitud de visado, el patrocinador familiar debe presentar una Declaración Jurada de Patrocinio Económico (Formulario I-864). El patrocinador debe ser capaz de demostrar que él o ella puede apoyar a todos los miembros de la familia patrocinados al 125% por encima del nivel de pobreza federal.
Hay algunos solicitantes a los quienes el servicio de inmigración de EE.UU no emitirá visas, incluyendo a aquellos que tienen las siguientes condiciones:
Un médico que desea ejercer la medicina en los Estados Unidos tiene que pasar un examen para calificar para una visa, aunque el médico puede solicitar una exención.
Si usted o un miembro de su familia está buscando condición de residente legal o ciudadanía en los Estados Unidos, es importante tener un abogado que le puede asistir en este proceso.